La sentencia dictada el pasado 25 de marzo por el Tribunal Supremo(interés casacional nº 452/2021 de 25 de marzo, ponente Excma. Sra. D.ª Ángeles Huet De Sande) para la unificación de la doctrina va a posibilitar que muchos ciudadanos extranjeros que han visto como de manera sobrevenida han perdido su permiso de residencia y trabajo (bien en la renovación, bien en materia de protección internacional, o bien estudiantes o investigadores que hayan perdido su tarjeta, o si ha dejado de tener efecto la tarjeta de familia comunitario o cualquier otra extinción de autorización) puedan recuperarlo sin necesidad de presentar un contrato de trabajo.
El art. 188.3 del RD 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social establece que la estancia por estudios
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