RDB Abogados inmigración tiene una amplia experiencia en asesorar sobre toda clase de visados de residencia y trabajo en todas sus especificidades, nos encargamos de emitir informes personalizados y asesoramiento integral tanto para la tramitación de los diferentes visados ante los Servicios Consulares de las diferentes Representaciones Diplomáticas de España en el país de origen, así como de la tramitación telemática de las oportunas solicitudes ante las Oficinas de Extranjeros de TODA ESPAÑA.
TRAMITES ANTE LOS CONSULADOS ESPAÑOLES
- Visados de residencia y trabajo por cuenta ajena.
- Visados de residencia no lucrativa
- Visados de residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo de duración superior a 90 días.
- Visados de Residencia y Trabajo por cuenta propia.
- Visados de Estudios, prácticas no laborales y voluntariado.
- Visados para realizar prácticas no laborales remuneradas.
- Visados de residencia para la formación e investigación.
- Visados de residencia para inversión de capital.
- Visados de residencia para profesionales altamente cualificados.
- Visados de residencia para la adquisición de bienes inmuebles en España.
- Visados de residencia por traslado Intra-Empresarial.
- Recuperación de residencia de larga duración.
- Recuperación de residencia de larga duración UE
TRAMITES ANTE LAS OFICINAS DE EXTRANJEROS
- Solicitud de autorización de estancia y prorrogas.
- Solicitud de autorización de residencia temporal no lucrativa.
- Solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
- Solicitud de autorización de residencia para prácticas.
- Solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo Tarjeta Azul UE
- Solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada.
- Solicitud de autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
- Solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
- Solicitud de autorización de estancia y residencia temporal con excepción de autorización de trabajo.
- Solicitud de autorización de residencia o de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.
- Solicitud de autorización de residencia de larga duración o de la larga duración UE.
- Solicitud de autorización para trabajar.
Si tienes dudas sobre la clase de visado que debes pedir ante el Consulado, puedes con enviarnos tu consulta y nos pondremos en contacto contigo en el plazo de 24 hrs. laborales.
Si tiene dudas sobre la clase de solicitud de residencia o trabajo que debes presentar ante la Oficina de Extranjeros puedes enviarnos tu consulta y te contestaremos en el plazo de 24 hrs. laborales.
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