La sentencia dictada el pasado 25 de marzo por el Tribunal Supremo(interés casacional nº 452/2021 de 25 de marzo, ponente Excma. Sra. D.ª Ángeles Huet De Sande) para la unificación de la doctrina va a posibilitar que muchos ciudadanos extranjeros que han visto como de manera sobrevenida han perdido su permiso de residencia y trabajo (bien en la renovación, bien en materia de protección internacional, o bien estudiantes o investigadores que hayan perdido su tarjeta, o si ha dejado de tener efecto la tarjeta de familia comunitario o cualquier otra extinción de autorización) puedan recuperarlo sin necesidad de presentar un contrato de trabajo.
El pasado 8 de junio se dictó la Instrucción 5/2020 por la Dirección General de migraciones que viene a flexibilizar la interpretación de ciertos conceptos a los que alude la normativa de extranjería en el marco de la COVID-19 en materia de
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Igualmente, el pasado 8 de junio de 2020 se dictó por la Secretaría de Estado de Migraciones la Instrucción DGM 4/2020 en la que se establecen una serie de criterios que inciden en la flexibilización del requisito de los medios económicos suficientes
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