RDB Abogados inmigración está especializado en materia sancionadora de extranjería, tanto en la vía administrativa como judicial.

La sanción más habitual en materia de extranjería que nos podemos encontrar es la sanción de expulsión del territorio nacional con prohibición de entrada en territorio Schengen por un periodo de tiempo determinado.

Las órdenes de expulsión como sanción administrativa que normalmente se imponen se producen en los siguientes casos:

  1. A ciudadanos extranjeros que se encuentran irregularmente en territorio español. (art. 53.a LO 4/2000)
  2. A aquello ciudadanos extranjeros que aun siendo residentes legales han sido condenados por la comisión de un delito doloso sancionable con una pena privativa de libertad superior a un (1) año. (art. 57.2 LO 4/2000)
  3. A ciudadano comunitarios o a familiares de comunitarios que se consideran peligrosos para el orden y la seguridad públicos. (art. 15 RD 240/2007)

Así mismo, cabe destacar que también se puede dictar una orden de expulsión en la jurisdicción penal como sustitución de una pena privativa de libertad superior a un año (art. 89 del Código penal).

Desde nuestro servicio de asesoramiento analizamos caso por caso la posible defensa jurídica ante la imposición de una orden de expulsión en las siguientes fases del procedimiento:

  1. En el caso de sanción administrativa de expulsión:
    • Nos ocupamos de asesorarle a la hora de presentar escrito de alegaciones contra la misma, al igual de interponer en su caso el potestativo recurso de reposición.
    • En caso de haberse agotado la vía administrativa nos encargamos igualmente de asesorarle sobre la interposición del correspondiente recurso contencioso administrativo.
    • Así mismo nos encargamos de solicitar la REVOCACIÓN de resoluciones de expulsión firmes que nunca han sido recurridas, o bien, porque haya habido un cambio de circunstancias que así lo aconsejen.
  2. En el caso de que la hayan impuesto una orden de expulsión como sustitución de una pena privativa de libertad le ayudamos en su caso a preparar solicitud de REVOCACIÓN DE ORDEN DE EXPULSIÓN de la misma.

Si a usted le ha sido impuesta una sanción administrativa de expulsión y desea recibir asesoramiento sobre la posibilidad de presentar alegaciones y recurso de reposición puede enviarnos su consulta y le contestaremos en el plazo de 24 hrs. laborables.

Si usted desea recibir asesoramiento sobre la interposición de recurso contencioso administrativo contra una resolución de expulsión puede enviarnos su consulta y le contestaremos en el plazo de 24 hrs. laborables.

Si usted desea presentar SOLICITUD DE REVOCACIÓN de la orden de expulsión que le ha sido impuesta, tanto si es en un procedimiento administrativo sancionador o como sustitución de una pena privativa de libertad puede enviarnos su consulta y nosotros le contestaremos en el plazo de 24 hrs. laborables.

NORMATIVA DE INTERÉS

Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social

Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.