RDB Abogados inmigración está especializado en procedimientos de exequatur o de reconocimiento de sentencias extranjeras en España tanto de nacionales españoles como de ciudadanos de terceros países que precisan que una sentencia de un país de origen tenga plenos efectos en España.
En la mayoría de los casos el tipo de sentencias extranjeros cuyo procedimiento de exequatur solicitan nuestros clientes son:
- Sentencias de divorcio.
- Sentencias de medidas paternofiliales de hijos matrimoniales o no matrimoniales.
- Sentencias de filiación.
- Sentencias de adopción.
En relación a las sentencias de divorcio, es muy habitual que nuestros clientes se dirijan a nosotros demandando iniciemos procedimiento de exequatur en el siguiente tipo de supuestos.
- Al momento de contraer matrimonio ambos contrayentes eran extranjeros, es, con posterioridad a la celebración del matrimonio cuando uno de los contrayentes, adquiere la nacionalidad española, por lo que dicho acto es, desde entonces inscribible en el Registro Civil Central, sin embargo, ninguno de los contrayentes procedió a su inscripción del matrimonio en España mientras éste estuvo en vigor.
- De haber solicitado la inscripción, el Registro Civil competente en caso de residir ambos fuera de España, habría sido el Registro Civil consular correspondiente, habiéndose duplicado dicha inscripción en el Registro Civil Central, y de haber estado uno de los promotores en España, se habría inscrito igualmente el matrimonio en el Registro Civil Central, puesto que los matrimonios celebrados en el extranjero entre españoles o entre extranjeros que adquieren con posterioridad la nacionalidad española siempre se inscriben en el Libro Especial del Registro Civil Central.
- Finalmente se produce el divorcio del matrimonio y uno de los excónyuges solicita el reconocimiento del divorcio en España mediante el correspondiente exequátur, puesto que desea volver a contraer matrimonio y al haberse divorciado con posterioridad a adquirir la nacionalidad española, el Registro Civil español encargado de su expediente matrimonial le ha requerido del exequatur de dicho divorcio para poder continuar con la tramitación de su matrimonio, puesto que es su deseo casarse con su actual pareja y hasta que no aporte la sentencia con el reconocimiento del divorcio extranjero no continuará con la tramitación del expediente matrimonial.
- El futuro contrayente interesado una vez obtenga el exequátur, de conformidad con el artículo 2º de la LRC; podrá presentar un testimonio de la Sentencia del exequátur del divorcio junto con un certificado emitido por el Juzgado de Primera Instancia que indique que se ha solicitado la inscripción/anotación omitida, y con ellos tramitar el expediente previo para obtener la autorización para celebrar el nuevo matrimonio
En cuanto a las demandas de exequatur de sentencias de medidas paternofiliales de hijos, la DEMANDA DE EXEQUATUR en la mayoría de las ocasiones se produce cuando alguna de las partes desea que se ejecute la sentencia de divorcio al en España al objeto de poder cobrar algún tipo de pensión de alimentos a los hijos o compensatoria
Por último, las demandas de exequatur de sentencias de filiación o adopción se interponen al objeto de proceder convenientemente a la inscripción de nacimiento ante el correspondiente Registro Civil español.
Desde RDB Abogados Inmigraciones estudiamos su caso sobre la interposición de demanda de exequatur, la aplicación de convenios bilaterales en su caso, y demás condicionantes.
Si usted desea que valoremos su caso de DEMANDA DE EXEQUATUR de sentencia de divorcio puede enviarnos su consulta y le contestaremos en el plazo de 24 hrs. laborables.
Si usted desea que valoremos su caso de DEMANDA DE EXEQUATUR de sentencia de medidas paternofiliales de hijo/a puede enviarnos su consulta y le contestaremos en el plazo de 24 hrs. laborables.
Si usted desea que valoremos su caso de DEMANDA DE EXEQUATUR de sentencia de filiación o adopción puede enviarnos su consulta y le contestaremos en el plazo de 24 hrs. laborables,
Si usted desea presentar DEMANDA DE EXEQUATUR de cualquier otro tipo en el ámbito de la jurisdicción civil puede enviarnos su consulta y le contestaremos en el plazo de 24 hrs. laborables.
INFORMACIÓN DE INTERÉS
LEY 29/2015, DE 30 DE JULIO, DE COOPERACIÓN JURÍDICA EN MATERIA CIVIL

